Modificación al Anexo 24 de las RGCE para 2024
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado la primera versión anticipada de la primera modificación al Anexo 24 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2024, mediante la cual se introducen importantes ajustes sobre la información mínima que debe contener el sistema automatizado de control de inventarios para Empresas Certificadas (RECE).
Principales Cambios
I. Información electrónica en 48 horas:
a) Los sistemas automatizados deberán recibir la información establecida en el apartado A del Anexo 24 dentro de un plazo máximo de 48 horas.
b) La información adicional deberá recibirse a más tardar al momento del pago del pedimento correspondiente.
II. Acceso a la autoridad aduanera:
El sistema debe garantizar acceso en línea a la autoridad, cumpliendo con las disposiciones aduaneras y facilitando:
a) La comprobación de los retornos de mercancías importadas temporalmente.
b) El control de mercancías pendientes de retorno.
c) La generación de reportes necesarios para cumplir con la normativa.
III. Acceso de usuario y contraseña:
Las empresas deben entregar a la autoridad un usuario y contraseña para el acceso al sistema, a través de un escrito libre dirigido a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE).
Las empresas certificadas tendrán la obligación de facilitar el acceso en línea a la autoridad aduanera, siguiendo un enfoque similar al establecido en el SECIIT.
Desafíos en la industria
I. Adecuación de los sistemas de Anexo 24:
Coordinación exhaustiva con los proveedores del Anexo 24 para garantizar que los módulos se ajusten a los requerimientos estipulados en la anticipada.
II. Cumplimiento estricto de la información en tiempo y forma:
El nuevo esquema exige un riguroso control desde el momento de la captura de la información.
III.Riesgos tecnológicos por acceso a sistemas:
Otorgar accesos a terceros podría representar un riesgo a la integridad de los datos.
Para asegurar el cumplimiento de las nuevas disposiciones, es fundamental establecer una colaboración estrecha de los departamentos de anexo 24 con sus proveedores tecnológicos, complementada por la implementación de buenas prácticas en las empresas. Esto representa un control riguroso por parte de la autoridad para aquellas empresas certificadas.