Se Publican Modificaciones a las RGCE 2024 y sus anexos

El 14 de octubre de 2024, se da a conocer a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la SEGUNDA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024, junto con sus Anexos 1, 2, 5 y 24. Esta resolución ratifica la versión anticipada presentada por el SAT el 7 de octubre de 2024. Dada la importancia de estos cambios, a continuación, te recordamos los puntos más relevantes:

I. Retorno de mercancías temporales: Se establece que se deberá alcanzar un retorno del 80% del valor de las importaciones temporales de insumos. Esta disposición entra en vigor al día siguiente de su publicación.

II. Requisitos de Anexo 24: Las empresas tienen un mes a partir de la entrada en vigor de la Resolución para cumplir con lo estipulado en el Apartado C del Anexo 24. Este apartado requiere que la información de control se reciba electrónicamente desde el sistema corporativo en un plazo máximo de 48 horas, y que se proporcione información adicional al momento del pago del pedimento. La autoridad fiscal también deberá tener acceso en línea, utilizando un usuario y contraseña.

III. Avisos relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas: Estos avisos tendrán efectos al día siguiente de la publicación.

 

Además, para efectos de la regla 1.6.25, las instituciones de crédito o casas de bolsa mencionadas en esta regla deberán solicitar la renovación de la autorización, de conformidad con la ficha de trámite 24/LA "Autorización y renovación para operar cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía", contenida en el Anexo 2, a más tardar el 15 de noviembre de 2024.

A su vez, dentro de los transitorios de la resolución se especifica que, las empresas que cuenten con el Registro del Despacho de Mercancías al momento de la entrada en vigor deberán seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones vigentes al momento de recibir dicho registro. Además, las solicitudes y renovaciones de este registro en trámite se gestionarán conforme a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2024, publicadas el 28 de diciembre de 2023, debiendo cumplir con los requisitos vigentes en el momento de la solicitud.

Asimismo, se indica que, a partir del 1 de enero de 2025, entrarán en vigor las modificaciones a las fichas de trámite 78/LA, 124/LA y 125/LA, detalladas en el Anexo 2. Esto implica que, a partir de esa fecha, los procedimientos y requisitos asociados a estas fichas se actualizarán, por lo que es fundamental que las empresas y contribuyentes se preparen para ajustarse a las nuevas disposiciones.

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