Boletín: Inicio de Investigación antidumping productos planos de acero inoxidable originarias de la República Popular China y del Taipéi Chino, independientemente del país de procedencia

Estimados Usuarios del Comercio Exterior.

El motivo del presente, es con el fin de hacerles del conocimiento, que el 05 de abril la autoridad dio a conocer la Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de productos planos de acero inoxidable

laminados en frío, incluidas las definitivas y temporales, así como las que ingresan al amparo de la Regla Octava para la aplicación de la TIGIE, originarias de China y Taiwán, independientemente del país de procedencia, que ingresan por las fraccionesarancelarias 7219.34.01, 7219.35.01 y 7220.20.02, y al amparo de la Regla Octava por las fracciones arancelarias 9802.00.01, 9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.07, 9802.00.10, 9802.00.13 y 9802.00.19 de la TIGIE, o por cualquier otra.

- Periodo de investigación: el comprendido del 1 de octubre de 2017 al 30 de septiembre de 2018

- Periodo de análisis de daño el comprendido del 1 octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2018.

La Secretaría podrá aplicar, en su caso, las cuotas compensatorias definitivas sobre los productos que se hayan declarado a consumo 90 días como máximo antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.6 del Acuerdo Antidumping y 65 A de la LCE.

Es importante mencionar que los importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquiera persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de esta investigación, contarán con un plazo de 23 días hábiles para acreditar su interés jurídico y para presentar su respuesta al formulario oficial establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que estimen pertinentes.

Para las personas y gobiernos señalados en el punto 19 de la Resolución (ver el listado de la publicación), el plazo de 23 días hábiles empezará a contar 5 días después de la fecha de envío del oficio de notificación del inicio de la presente investigación. 

Para los demás interesados, el plazo empezará a contar 5 días después de la publicación de la presente Resolución en el DOF.  En ambos casos el plazo concluirá a las 14:00 horas del día de su vencimiento.

En caso de que deseen manifestarse al respecto, no duden en contactarnos.

Sin más por el momento quedamos a sus órdenes.




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