¿Conoces los nuevos requisitos para realizar operaciones consolidadas?

Como parte de los cambios publicados el pasado 30 de marzo de 2019, mediante la 5ta resolución de modificaciones a las reglas generales de comercio exterior para 2018, es importante mencionar, que la autoridad adicionó un cuarto párrafo a la regla 3.1.22 “Pedimentos Consolidados con relación de Facturas”, en donde se establecen los nuevos requisitos que se deberán cumplir, para poder realizar este tipo de operación, lo cual será exigible a partir de 01 de Julio de 2019.

Es importante recordar que anterior a esta publicación, las empresas IMMEX contaban con el beneficio administrativo aduanero de poder realizar este tipo de operaciones, sin embargo, ahora se imponen restricciones a ciertos sectores, tal como se menciona a continuación:

¿Quiénes son los obligados?

Quienes realicen operaciones consolidadas y que las mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias se sitúen en los siguientes apartados en el Anexo 10 de las RGCE. 


Padrón de Exportadores Sectorial

Padrón de Importadores Sectores Específico


Consecuencia de Incumplimiento: 

Suspensión en los padrones

Dentro de esta 5ta resolución de modificaciones a las reglas generales de comercio exterior para 2018, se adicionó la fracción XLIII a la regla 3.1.3, en la cual se menciona que las empresas con Programa IMMEX, que realicen las operaciones antes detalladas mediante pedimentos consolidados, en contravención o sin cumplir con los requisitos, será motivo de suspensión.

Por ello, le invitamos a revisar el nuevo esquema para realizar pedimentos consolidados, en caso de tener alguna duda, no dude en contactarnos para poder brindarle el apoyo necesario.

Sin más por el momento quedamos a sus órdenes.

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