Criterios para dar de alta un domicilio (planta, bodega o almacén) IMMEX

Criterios para dar de alta un domicilio (planta, bodega o almacén) IMMEX


Por medio del presente, les hacemos del conocimiento que la Secretaría de Economía mediante el oficio 414.2020.2288, a través del cual se los criterios para dar de alta un domicilio como planta, bodega o almacén IMMEX:

 

Criterios:

 

  1. Conceptos

 

Delimitación: Cuando en el documento, mediante el cual se acredite la posesión del inmueble, se establezcan las dimensiones de la superficie ocupada, y sea visible la división física de las áreas (bardas, muros, malla ciclónica, panel y cintas vinílicas adheridas al suelo) Aplicable cuando el proceso a realizar este relacionado entre las empresas registradas en el mismo domicilio.

 Independencia: El lugar deberá contar con entrada, salida y área de carga y descarga exclusiva para la empresa, sin ninguna relación o dependencia entre sí.

 

  1. Cuando se presente un contrato de arrendamiento, subarrendamiento o comodato para acreditar la legal posesión del inmueble, se deberá:

    • Documentar que los firmantes cuentan con la capacidad y poderes necesarios para celebrar los contratos 

    • Deberá contar con un plazo forzoso mínimo de un año y que le resta una vigencia de por lo menos once meses, a la fecha de presentación de la solicitud.

    • En subarrendamiento deberán acompañarse del o los documentos que acrediten que el inmueble puede ser objeto de subarriendo de forma parcial o total.

  2. En los casos en los que la naturaleza del proceso productivo requiera la participación de 2 o más empresas en el mismo domicilio y derivado de esto, no sea posible cumplir con la independencia en el inmueble, será necesario que en la fe de hechos se realice la descripción de los procesos en la que se detalle la intervención de cada una de las empresas en el mismo y se señale la incapacidad material de cumplir con la independencia. (anexar evidencia fotográfica suficiente)

  3. Las empresas con programa IMMEX modalidad industrial, que requieran dar de alta domicilios únicamente como bodegas o almacén, podrán acreditar la legal posesión del inmueble con un contrato de prestación de servicios de almacenaje siempre que en el mismo se manifieste y acredite:

    • El objeto del contrato.

    • La ubicación de la prestación del servicio, debe coincidir con el domicilio en la Ventanilla Digital.

    • Un plazo forzoso mínimo de un año y que le reste una vigencia de por lo menos once meses, a la fecha de presentación de la solicitud.

    • Especificar la maquinaria y equipo que será utilizado para la prestación del servicio y acreditar la legal posesión.

    • Asentar número de trabajadores que prestaran el servicio y acreditar su contratación con cédula de determinación de cuotas ante el IMSS, en caso de (outsourcing) proporcionar copia del contrato de prestación de servicios y el documento que acredite la legal contratación de empleados.


 

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