Sabías que en deberás realizar pago de derechos por la obtención o renovación de la Certificación de IVA e IEPS

Sabías que en deberás realizar pago de derechos por la obtención o renovación de la Certificación de IVA e IEPS

Por medio del presente, y en relación a nuestro boletín 16/20 de fecha 22 de abril del presente, les hicimos del conocimiento que la autoridad había publicado en su portal de manera extraoficial un monto por el pago de derechos de dicha certificación, en la siguiente liga: 

https://www.sat.gob.mx/tramites/14661/obten-tu-registro-en-el-esquema-de-certificacion-deempresas.

Recordemos que las reglas 7.1.1, 7.1.2 y 7.1.3 vigentes para 2019, no han sufrido modificación en la cual establezcan, como requisito el pago de derechos por la obtención de dicha certificación, el fundamento en el cual la autoridad está basando su aplicación es en el artículo 40, inciso m) “inscripción en el registro de empresas certificadas” de la Ley Federal de Derechos; como es bien sabido dicho monto es utilizado para el pago de derechos de la certificación del Operador Económico Autorizado (OEA), por lo que las autoridades fiscales deben actuar en base a derecho y realizar las adecuaciones correspondientes publicándolas en el Diario Oficial de la Federación.

Sin embargo, en recientes aplicaciones y renovaciones que se han realizado, hemos detectado que la autoridad, se encuentra requiriendo el pago de derechos al momento de expedir la resolución de autorización.

Es por ello que con el fin de bridarte certeza hemos realizado una consulta formal a la autoridad, con el propósito de que nos aclare ciertos escenarios que se pueden presentar para las empresas, con respecto al pago, en cuanto tengamos dicha consulta la compartiremos a la brevedad; Por lo pronto te hacemos mención de datos que debes tener en cuenta:

  • Monto del pago de Derechos: $29,748.00 pesos

  •  Momento de Pago: 15 días hábil posteriores a la fecha de la resolución.

  •  Envío de pago al área de Certificación: Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de pago.

  • Consecuencias por incumplimiento de pago: Se procederá a dejar sin efectos obtención o renovación de la Certificación de IVA e IEPS.


 

Ya puedes adquirir en nuestra tienda en línea: webinar, cursos, masterclass grabados e ebooks digitales sobre Comercio Exterior:

 

Anterior
Anterior

Cuotas compensatorias láminas rolada en frío

Siguiente
Siguiente

Actualiza la información de Socios y Accionistas antes del 30 de junio