Cuotas compensatorias láminas rolada en frío
Inicio del procedimiento administrativo del examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de lámina rolada en frío originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia
Por medio del presente les hacemos del conocimiento que el día 17 de junio fue declarado el inicio del procedimiento administrativo examen de vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones temporales y definitivas, de:
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Producto: Lámina rolada en frío sin alear y aleada con boro
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Originarias: de la República Popular China, independientemente del país de procedencia
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Fracciones arancelarias: 7209.16.01, 7209.17.01, 7225.50.02 y 7225.50.03 de la TIGIE, o por cualquier otra.
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Periodo de examen: del 1 de abril de 2019 al 31 de marzo de 2020.
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Periodo de análisis: del 1 de abril de 2015 al 31 de marzo de 2020.
Continuarán vigentes las siguientes Cuotas Compensatorias, mientras se tramita el procedimiento en comento
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65.99% para las importaciones provenientes de Baoshan Iron & Steel Co., Ltd.;
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82.08% para las importaciones provenientes de Tangshan Iron and Steel Group Co., Ltd., y
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103.41% para las importaciones provenientes de Beijing Shougang Cold Rolling Co., Ltd., Shougang Jingtang United Iron & Steel Co., Ltd. y de todas las demás empresas exportadoras.
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Importaciones temporales y definitivas de lámina rolada en frío con un agregado de boro igual o superior a 0.0008%, que ingresen por las fracciones arancelarias 7225.50.02 y 7225.50.03 de la TIGIE.
En caso de que productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen, contarán con un plazo de 28 días hábiles para presentar la respuesta al formulario oficial.
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