Suspensión de labores en la Secretaría de Economía para 2025
El 18 de diciembre de 2024 se publica, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo “Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores de la Secretaría de Economía para el año 2025”, el cual da a conocer los días en los que se suspenderán las labores en la Secretaría de Economía durante el año 2025, los cuales serán considerados inhábiles para los trámites y procedimientos en curso, y en esos días no correrán términos.
Días de suspensión de labores en 2025:
I. 1 de enero
II. Primer lunes de febrero (3 de febrero)
III. Tercer lunes de marzo (17 de marzo)
IV. 17 y 18 de abril
V. 1 de mayo
VI. 5 de mayo
VII. 16 de septiembre
VIII. Tercer lunes de noviembre (17 de noviembre)
IX. 25 de diciembre
Periodo vacacional:
Los días correspondientes al segundo periodo vacacional serán publicados posteriormente, una vez que la Secretaría de Educación Pública defina el calendario escolar para 2025-2026.
Vigencia:
Este acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (19/12/2024)