Lo más relevante de las RGCE para 2025
El pasado 30 de diciembre se dieron a conocer las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2025 y su Anexo 13 por medio del Diario Oficial de la Federación (DOF) en su edición matutina, en la cual se abordaron cambios en el marco normativo de Comercio Exterior. A continuación, te detallamos los cambios más significativos:
1. Cambios Generales y Actualizaciones de Formatos
1.1. Modificación de Formatos y Modelos de Comercio Exterior (Anexo 1):
La Regla 1.1.10 sobre consulta de información y solicitud de copias certificadas de pedimentos actualiza la nomenclatura de los formatos utilizados, quedando de la siguiente manera:
1.2. Actualización de Fichas de Trámite (Anexo 2):
Diversas fichas han sido renumeradas para alinearse con las nuevas disposiciones. Ejemplo:
2. Empresas de Mensajería y Paquetería
2.1. Registro y Obligaciones (Regla 3.7.2 y 3.7.4):
Se amplían las notificaciones a la DGIA y AGACE.
Las empresas deben proporcionar acceso en línea a su sistema de análisis de riesgo, notificando cambios semestralmente o al modificarse la información.
Se ajusta el nombre de la ficha 125/LA, que ahora es: "Aviso para presentar la relación detallada de las operaciones realizadas a través del procedimiento simplificado".
De acuerdo con los transitorios de la Resolución, las empresas de mensajería y paquetería tendrán hasta el 31 de enero de 2025 para entregar un escrito que contenga toda la información requerida, permitiendo a la autoridad aduanera el acceso en línea a su sistema de análisis de riesgo.
2.2. Procedimiento Simplificado (Regla 3.7.5):
Las empresas podrán utilizar este procedimiento siempre que:
El valor en aduana no supere los $2,500 USD (importaciones).
Los destinatarios no estén obligados a inscribirse al Padrón de Importadores si el valor es inferior a $1,000 USD.
Se prohíbe el uso del procedimiento simplificado en casos de restricciones, prohibiciones o cuando el despacho requiera una aduana específica.
2.3 Causales de cancelación del registro de Empresas de mensajería y paquetería (Regla 3.7.34)
Las empresas deben realizar al menos cinco despachos aduaneros bajo el procedimiento simplificado.
Este criterio se evalúa mensualmente durante los últimos seis meses.
2.4. Determinación de Contribuciones (Regla 3.7.35):
Se elimina la tasa global del 20%.
Se aplica una tasa del 19% para mercancías que no excedan los $2,500 USD.
3. Cambios en Recintos Fiscalizados Estratégicos (RFE)
3.1. Lineamientos Actualizados sobre Temporalidades (Regla 4.8.2):
Las mercancías clasificadas en los capítulos 50 al 64 de la TIGIE podrán permanecer únicamente en el RFE por un máximo de tres meses para manejo, almacenaje y custodia.
3.2. Pedimentos de Introducción (Reglas 2.3.4 y 4.8.5):
Anteriormente, la Regla 2.3.4 excluía el requisito de informar el arribo cuando el recinto colinda con recintos fiscales, fiscalizados o portuarios, para aduanas marítimas, fronterizas, ferroviarias o aéreas. Se elimina la excepción; ahora todas las mercancías deben ser informadas a través del Sistema Electrónico Aduanero (SEA).
Amplía el título a "Lineamientos de Infraestructura, Control, Vigilancia y Seguridad, así como Recomendaciones Tecnológicas respecto a las Cámaras de Circuito Cerrado de Televisión, Instalaciones y Sistemas", ahora consultables en el Portal de la ANAM (anteriormente en el Portal del SAT).
En la Regla 4.8.5 se establece la obligación de incluir información detallada como la fracción arancelaria, NICO, descripción, unidad de medida, origen y valor de las mercancías al tramitar los pedimentos de introducción al RFE.
4. Donación de Mercancías Importadas Temporalmente
4.1. Regla Adicionada (3.3.18):
Los contribuyentes podrán solicitar autorización para donar mercancías importadas temporalmente al Fisco Federal, siempre que estas estén legalmente en el país.
Este procedimiento se realizará mediante la ficha de trámite 64/LA.
5. Se Actualizan las Fichas de Trámites (Anexo 2) para Empresas Certificadas (RECE)
6. Multas Y Cantidades Actualizadas (Anexo 13)
6.1 Se actualizan las multas y cantidades actualizadas que establece la ley aduanera y su reglamento, vigentes a partir del 1 de enero de 2025
Recomendaciones Generales para Cumplimiento
I. Monitoreo Activo: Consulta constantemente los portales del SAT y la ANAM para obtener lineamientos actualizados.
II. Capacitación: Capacita a tu equipo en los cambios clave de las RGCE 2025.
III. Evaluación de Impacto: Revisa los procesos internos para identificar ajustes necesarios ante las nuevas disposiciones.
IV. Asesoría Especializada: Si tienes dudas o requieres apoyo, nuestro equipo está disponible para orientarte.