Concluye proceso de autorizaciones para importación de textiles IMMEX
El pasado 28 de marzo, la Secretaría de Economía, a través de la Subsecretaría de Industria y Comercio, ha emitido el Oficio No. 400.2025.029 en el que informa a las empresas IMMEX sobre la conclusión del proceso de autorizaciones para importar temporalmente mercancías clasificadas en los:
Capítulos 61, 62 y 63 (productos textiles y confecciones), y
Subpartidas 9404.40 y 9404.90 (determinados artículos de cama)
de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE).
Antecedentes
El 19 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al Decreto IMMEX, mediante la cual se estableció que ya no sería posible importar temporalmente, bajo dicho programa, mercancías correspondientes a los capítulos 61, 62 y 63, así como a las subpartidas 9404.40 y 9404.90 de la TIGIE.
El 13 de enero de 2025, mediante el oficio No. 400.2025.001, se estableció el proceso para que las empresas pudieran solicitar excepciones a las restricciones mencionadas, detallando los criterios y requisitos necesarios para aplicar el Anexo I del Decreto IMMEX y quedar exceptuadas de las reformas establecidas.
Resoluciones clave del nuevo oficio:
Finaliza oficialmente el proceso de solicitudes de autorización para importar los bienes señalados bajo régimen temporal.
Solo las empresas que cumplieron en tiempo y forma con los requisitos establecidos han sido notificadas favorablemente.
El oficio de conclusión será publicado en el portal SNICE para consulta general.
Implicaciones para las empresas IMMEX:
Si tu empresa no recibió notificación oficial, no podrá importar temporalmente las mercancías listadas.
Se recomienda verificar estatus de autorización y evaluar alternativas de suministro, en caso de estar impactados.
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