Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias

Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias.

Cualquier productor nacional de tales mercancías podrá expresar a la Secretaría de Economía, por escrito, su interés en que se inicie un procedimiento de examen de vigencia de alguna cuota compensatoria para determinar las consecuencias de su supresión, así como del compromiso de exportadores. En tal caso, deberá proponer un periodo de examen de seis meses a un año comprendido en el tiempo de vigencia de la cuota compensatoria.

La manifestación de interés deberá presentarse de acuerdo con los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables, a más tardar veinticinco días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda, en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, sita en Calle Pachuca número 189, planta baja (área de ventanillas), Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México, de las 9:00 a las 14:00 horas, o vía electrónica, a través de la cuenta de correo electrónico upci@economia.gob.mx, de las 9:00 a las 18:00 horas, conforme a lo dispuesto en el "Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 2021.


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