Se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican

Se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican.


La Secretaría de Economía dio a conocer el pasado 18 de noviembre 2022, a través del DOF el DECRETO por el que se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican, mismo en el que se describe lo siguiente:

Se modifican temporalmente los aranceles de las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2022, únicamente respecto a la importación de las mercancías descritas en el presente.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día que la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2022, conforme a lo previsto en el transitorio Primero del decreto de su expedición, y estará vigente hasta el 17 de mayo de 2023, el cual podrá ser prorrogable por un año más, en cuyo caso, se establecerá mediante decreto publicado en el mismo medio de difusión oficial.

A partir de la entrada en vigor del presente instrumento, se abroga el "Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican", publicado el 16 de mayo de 2022 en el Diario Oficial de la Federación.


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