9.ª Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1 y 1-A

9.ª Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1 y 1-A.


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el pasado 15 de noviembre 2022, a través del DOF la NOVENA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1 y 1-A, misma en la que se menciona:

Se reforman las reglas 3.5.19., segundo párrafo; 3.5.21., primer párrafo; 11.4.1.; 11.4.2.; 11.4.3.; 11.4.4.; 11.4.5.; 11.4.6.; 11.4.7.; 11.4.8.; 11.4.9. y la denominación del Capítulo 11.4., para quedar como "Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos", publicado en el DOF el 21 de octubre de 2022, y se adiciona la regla 13.1., fracción X de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, para quedar de la siguiente manera:

3.5.19. Registros de depósitos en efectivo
Las instituciones del sistema financiero podrán considerar como opcionales los datos a que se refieren las fracciones II, incisos a) y k) y VII, inciso a), numeral 1 del párrafo anterior. Para estos efectos, se entenderán como opcionales solo aquellos datos de los que carezca completamente la institución del sistema financiero derivado de cuestiones no imputables a la misma, no así los datos que, teniéndolos, pretendan no ser registrados.
LISR 55

3.5.21. Importación al SAT de depósitos en efectivo
Para los efectos del artículo 55, fracción IV de la Ley del ISR, la información a que se refiere dicha fracción, podrá presentarse a más tardar el último día del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda a través de la forma, "Declaración informativa de depósitos en efectivo", contenida en el Anexo 1, rubro A, numeral 2.
CFF 31, LISR 55

11.4.1 Bases del sorteo “El buen fin”
Para los efectos de los artículos 33-B, primer párrafo, fracción IV del CFF y Octavo del Decreto a que se refiere este Capítulo, la información relacionada con los premios, las fechas y las personas que podrán participar en el sorteo, se darán a conocer a través de las bases del sorteo "El Buen Fin", que para tal efecto se publiquen en el Portal del SAT.
CFF 33-B, DECRETO DOF 21/10/2022 Octavo

11.4.2. Manifestación de las entidades para participar en el sorteo “El buen Fin”
Para los efectos de los artículos 33-B, primer párrafo, fracción IV del CFF y Primero, en relación con el Segundo, primer párrafo, ambos del Decreto a que se refiere este Capítulo, las entidades que pretendan participar con la entrega de premios en el sorteo "El Buen Fin" deberán manifestar su voluntad, conforme a lo señalado en la ficha de trámite 1/DEC-5 "Aviso para participar en el Sorteo "El Buen Fin" conforme al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos", contenida en el Anexo 1-A.
CFF 33-B, DECRETO DOF 21/10/2022 Primero, Segundo

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF para 2022.


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