Acuerdo que modifica por novena ocasión los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos

Acuerdo que modifica por novena ocasión los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos.


El 01 de agosto 2022, se dio a conocer a través de CONAMER, el Acuerdo por el que se modifica por novena ocasión el diverso por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Para el caso de los trámites de adquisición de inmuebles fuera de la zona restringida por parte de personas físicas o morales extranjeras que hayan iniciado y concluido sus trámites a través del correo electrónico, para contar con una debida integración del expediente correspondiente, en un plazo de diez días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, las personas que hayan realizado el trámite, deberán remitir a la Dirección General de Asuntos Jurídicos el original de los formatos FF-SRE-006 o FF-SRE-007, según corresponda, con la firma autógrafa de la persona extranjera o de su representante legal, respectivamente.

Los Módulos de Atención al Público señalados en el punto I Bis del numeral Sexto de este documento, iniciarán su atención al público dentro del plazo de 30 días hábiles de la entrada en vigor del presente Acuerdo, lo que se hará del conocimiento a través de la página de internet: https://sre.gob.mx/tramites-y-servicios/nacionalidad-y-naturalizacion

De acuerdo a la disponibilidad de espacios y recursos, así como conforme a las necesidades del servicio, la Dirección General de Oficinas de Pasaportes y la Dirección General de Asuntos Jurídicos podrán en conjunto analizar la viabilidad de determinar otros inmuebles de Oficinas de Pasaporte localizadas fuera de la Ciudad de México, distintas a las señaladas en el punto I Bis del numeral Sexto del presente Acuerdo, para ubicar nuevos Módulos de Atención al Público, situación que se hará del conocimiento al público usuario a través de la página de internet: https://sre.gob.mx/tramites-y-servicios/nacionalidad-y-naturalizacion

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.


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