Primera Resolución de Modificaciones

Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 y sus anexos 2 y 22.

Por medio del presente se les hace del conocimiento que el día de hoy 02 de marzo de 2022, fue publicado en el DOF la 1ra Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 y sus anexos 2 y 22 donde se integran los cambios dados a conocer en la 1ra, 2da, 3era y 4ta versión anticipada, misma que en resumen consta de los siguientes cambios:


• ACRÓNIMOS DE AUTORIDADES (se establece las administraciones que son remplazadas por las recién creadas direcciones de la ANAM)

1. AGA/ANAM. Agencia Nacional de Aduanas de México, sita en Paseo de la Reforma número 10, planta baja, Colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06030, Ciudad de México.
a) ACOA/DGOA. Dirección General de Operación Aduanera de la ANAM.

b) ACIA/DGIA. Dirección General de Investigación Aduanera de la ANAM.

c) ACAJA/DGJA. Dirección General Jurídica de Aduanas de la ANAM.

d) ACMA/ACEIA/DGMEIA. Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera de la ANAM.

• 2.4.1 Autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado:

Se modifica la Fracción II con los siguientes incisos:

Inciso f): Se refiere a Autoridades antes refería SAT
Inciso h): Se establece que se deberá contar con la opinión técnica favorable de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control de la AGCTI sobre el cumplimiento de las medidas de seguridad del programa informático para llevar controles volumétricos, en términos de lo señalado en los apartados 30.6.1.3, 30.6.1.4. y 30.6.2. del Anexo 30 de la RMF, solicitándola con ficha 70/LA Vigor: 01-03-22
Inciso j) Se establece que respecto a las prórrogas se deberá presentar el contrato celebrado con los laboratorios registrados ante la SE (antes mencionaba “laboratorios extranjeros”), o por la comisión Reguladora de energía.
Anexo 2: Se modifica la ficha de tramite 49/LA y 70/LA

Adición de las reglas que normarán la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, con relación del Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera:

 El pago del aprovechamiento se extiende al 20 de septiembre de 2022.

3.7.5 Despacho con pedimento y procedimiento simplificado por empresas de mensajería registradas: (aplicable a partir del 04 de febrero de 2022.)
Se modifica la Fracción V. Se aumenta el valor en aduana de las mercancías por pedimento de $1,000 a $2,500 dlls, sin que requieran Padrón de Importadores.

3er párrafo: Se establece limitante a la aplicación del procedimiento, a aquellas mercancías cuyo envío forme parte de una serie de envíos realizados o planeados con el propósito de evadir aranceles aduaneros o impuestos, o evitar cualquier regulación aplicable a los procedimientos formales de entrada.


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