El resico afectación al registro Sub-maquila
El resico afectación al registro sub-maquila
Por medio del presente, les hacemos del conocimiento un cambio que resulta trascendental respecto al cumplimiento de su empresa, esto con relación a las empresas sub-maquilas con las cuales actualmente tiene registradas al amparo de su programa IMMEX o bien empresas sub-maquilas con las cuales está en proceso de registrar ante la Secretaría de Economía.
Para entender el contexto del cambio es importante mencionar que el régimen simplificado de confianza, fue dado a conocer el 12 de noviembre de 2021, mismo que entró en vigor el 1 de enero de 2022, está deriva de la modificación de la ey del impuesto sobre la renta (LISR) adicionando el título IV, capítulo II, sección IV “régimen simplificado de confianza”; así como el título VII, capítulo XII “régimen simplificado de confianza de personas morales”.
¿Qué es el régimen simplificado de confianza?
Es una simplificación administrativa para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz. El objetivo es la reducción de las tasas de este impuesto para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos. Esta propuesta del servicio de administración tributaria (SAT) se basa en las mejores prácticas internacionales.
Operación submaquila y requisitos
Ahora bien, de acuerdo con los artículos 112 LA, 169 RLA y 1er párrafo del artículo 21 del Decreto IMMEX, las empresas que cuentan con un programa IMMEX, podrán registrar a personas distinta al titular del mismo, para realizar procesos industriales o de servicios relacionados directamente con la operación de manufactura, teniendo en cuenta que esta se considerará de acuerdo con la regla 3.2.8 de las Reglas y Criterios de la Secretaría de Economía como: “la complementación de la capacidad de producción o de servicios cuantitativas de la empresa con Programa IMMEX, o bien, para la elaboración de productos que la empresa no produce, relacionados directamente con la operación de manufactura de una empresa con Programa IMMEX”
Para poder utilizar dicha facilidad se deberá registrar ante la secretaría a las otras personas y acreditar que estás cumplen con los siguientes requisitos que establece el 2do párrafo del artículo 21 del Decreto IMMEX:
Registro federal de contribuyentes activo.
Su domicilio fiscal y los domicilios en los que realicen sus operaciones de submanufactura de exportación, estén inscritos y activos en el RFC.
Que se trate de personas morales que tributen conforme al título II o de personas físicas que tributen conforme al título IV, capítulo II, secciones I o II, de la ley del impuesto sobre la renta
Opinión positiva vigente expedida por el SAT sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales de la empresa IMMEX solicitante.
Que no se encuentra en los listados publicados por el SAT art. 69 y 69 b
Adjuntar informe donde se describa de manera detallada el proceso que desarrollará cada una de las personas registradas que lleven a cabo la submanufactura de exportación, así como el tiempo que implica realizarlo
Fe de hechos.
¿Por qué me afecta el cambio y qué debo hacer?
De conformidad con lo establecido en el 2do párrafo, fracción III, del artículo 21 del Decreto IMMEX, únicamente permitirá a aquellas personas físicas o morales que tributen de acuerdo con la Ley del ISR de la siguiente manera:
Personas morales tributen conforme al título II
Personas físicas que tributen conforme al título IV, capítulo II, sección I “Ingresos por actividades empresariales y profesionales”
Personas físicas que tributen conforme al título IV, capítulo II, sección II “régimen de incorporación fiscal”
Por lo que, si la empresa submaquilante (P.M o P.F) que actualmente tienen registrada una IMMEX o bien, una que se quiera dar de alta como nuevo submaquilante, optó por inscribirse al nuevo régimen simplificado de confianza:
Personas morales (título VII, capítulo XII)
Personas físicas (título IV, capítulo II, sección IV)
Incumple con lo dispuesto en el decreto IMMEX, por ende, no podrá prestar servicios de submaquila, si es que ya cuenta con el registro, o bien no podrá registrarse, si es que se encuentra en procesos de solicitud.
En virtud de lo anterior, la empresa IMMEX deberá revisar que sus proveedores de submaquila actuales o futuros, cumplan con la totalidad de los requisitos antes descritos, y verificando que estos no hayan modificado el régimen en el cual tributan.
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