Entrada en vigor 7ma Enmienda de la LIGIE.

Entrada en vigor 7ma Enmienda de la LIGIE.

Entrada en vigor 7ma Enmienda de la LIGIE.

Por medio del presente, les recordamos que esta próxima a entrar la Séptima Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, misma que tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2022.

Recordemos que el Sistema Armonizado es la nomenclatura utilizada por los países miembros de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) para clasificar e identificar las mercancías comercializadas a nivel internacional.

Cada 5 años, el Comité del Sistema Armonizado de la OMA revisa el Sistema Armonizado y emite recomendaciones (enmiendas), que implican la modificación y actualización de la tarifa arancelaria.

Resumen del ante proyecto de la “LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN”:

Actualización y modernización de la TIGIE:

Incorpora la clasificación e identificación de insectos no vivos comestibles, subproductos de pescado, crustáceos y moluscos aptos para la alimentación humana, impresoras 3D, drones multipropósito, smarthpones, basura tecnológica, gases con elevado potencial en el calentamiento global, kits de diagnóstico rápido para algunas enfermedades, artículos para consumo de tabaco y nicotina, vapeadores, cigarrillos electrónicos y similares, entre otras modificaciones.

1.     El proyecto de la nueva LIGIE no modifica aranceles, fracciones arancelarias con tratamiento especial (Capítulo 98 o prohibidas). Sólo ajusta la nomenclatura nacional conforme los cambios en la nomenclatura internacional.

2.     La nueva LIGIE no prevé modificaciones en las regulaciones y restricciones no arancelarias, pero sí una actualización de las mismas.

Ahora bien, es importante tener en cuenta que ante este cambio se deben observar los siguientes aspectos operacionales:

 

      I.         Identificar la fracción arancelaria, NICO, descripción, unidad de medida y tasa aplicable. (ver catalogo de correlación, mismo que puede cambiar una vez publicada)

     II.         Actualización de catálogos de las Fracciones Arancelarias y Números de Identificación Comercial, en el ERP y SCI

    III.         Identificar los cambios del SCI y reportar correctamente la fracción arancelaria que corresponda en el SCCCyG (A31)

   IV.         Actualización de regulaciones y restricciones no arancelarias:

a)     Certificados NOM

b)     Avisos Automáticos

c)     Autorizaciones o Permisos, etc.

     V.         Actualización de Reglas de Origen Especificas (ROE)

Nota: No existe aún actualización conforme a la sexta enmienda, ni de la Séptima enmienda.

   VI.         Certificados o Certificaciones de Origen y Certificados de elegibilidad.

  VII.         Permisos relacionados con el SAT:

a)     Padrones de importadores y exportadores sectoriales

b)     Precios estimados.

c)     Permisos Sensibles nuevos conforme al 118 LA.


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