Modificaciones a la Manifestación de Valor
Modificaciones a la Manifestación de Valor
Puntos que debes de saber:
1. Se reforma completamente la regla 1.51
2. El formato remite a Ventanilla Digital (antes: Escrito libre)
3. La Transmisión a la Autoridad será por operación y previo a despacho
4. Se elimina la opción de Manifestación Global (1 año)
5. Se elimina la opción de hacer la Transmisión Durante o posterior al despacho
6. Se deberá señalar el RFC de las personas Autorizadas para consultar VUCEM (ejemplo A.A)
7. En caso de no habilitar al AA, se deberá proporcionar el archivo electrónico y anexos para que pueda transmitirlos.
8. Se debe declarar como e- document al pedimento
9. Conservar la Manifestación, así como anexos por el mismo tiempo que la contabilidad (30CFF) en formato digital
10. Cuando exista declaración de información o documentos, de forma incompleta o con datos inexactos, se retransmitirá con pago de multa ($2,010.00 a $2,860.00) adjuntando el Formato de pago.
11. La IAT y OEA (IMMEX) conservan el beneficio de no transmitir la MV (a petición de la autoridad tendrán que proporcionarla)
12. No será obligatorio la transmisión en operaciones como las del 106 LA o Retornos al TN de mercancías exportadas
13. No procederá retransmisión en reconocimiento aduanero y facultades de comprobación.
14. Entrada en Vigor 90 días posteriores a su publicación (antes 30 días)
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