(Resumen) Segunda versión anticipada de la 4ta. RGCE 2020

(Resumen) Segunda versión anticipada de la 4ta. RGCE 2020


Por medio del presente, les hacemos del conocimiento que el día de ayer fue publicada en la página del SAT la Segunda Versión anticipada de la 4ta RGCE 2020, mediante la cual se adicionan 2 reglas que van a acordes a la emergencia sanitaria COVID-19 y a la reciente publicación “Decreto de la zona libre de Chetumal” (31 de diciembre de 2020) siendo este el resumen de ambas: 

  • 3.3.21 Autorización para la importación de menaje de casa durante la emergencia sanitaria generada por el SARS-CoV2 (COVID-19), dentro de los 12 meses posteriores al arribo al territorio nacional, sin que sea necesario la presentación de la declaración certificada por el Consulado Mexicano del lugar en donde residió el importador.(147/LA Anexo 1-A )

  • 3.4.10 Despacho aduanero de mercancías que serán importadas de manera definitiva a la Región Fronteriza de Chetumal, así como posterior su reexpedición al resto del territorio nacional, deberá realizarse por la Aduana de Subteniente López, declarando en el pedimento las claves:

    • Claves de pedimento- régimen definitivo:

      • C1 Importación definitiva de mercancías al amparo del decreto de la zona libre de Chetumal

      • P1- Reexpedición de mercancías de franja fronteriza o región fronteriza al interior del país.

    • Identificadores:

      • DC- Clasificación del cupo (Nivel Partida)

      • IF- Registro ante la Secretaría de Economía de empresas ubicadas en la región fronteriza de Chetumal. (Nivel Global)

      • IF- Preferencia arancelaria para empresas ubicadas en la región fronteriza de Chetumal. (Nivel Partida)

    • Destinos de mercancía 11 REGIÓN FRONTERIZA DE CHETUMAL.

En próximos días estaremos esperando su publicación oficial en el DOF

 

 


 

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