Criterios de aplicación de las NOMS

Criterios de aplicación de las NOMS



Por medio del presente se las hace del conocimiento que la secretaría de economía emitió diversos criterio de aplicación con el fin de brindar certeza respecto de la aplicación de las Normas Oficiales Mexicanas exigibles ante la autoridad aduanera:

 

  • NOM-024-SCFI-2013.- Reposición dentro de garantía, No le es aplicable la norma a los productos y sus repuestos, accesorios, consumibles, partes o componentes, internos y externos, de productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos para reposición dentro de garantía en el punto de entrada en el país.

  • NOM-051-SCFI/SSA1-2010.- Mercancía a granel, se excluyen de la aplicación de la norma aquellos que no sean preenvasados para el consumidor final y se encuentren en los siguientes supuestos:

    • Aquellas mercancías que se encuentren en un envase para efectos de transportación, y es susceptible de ser pesados, contados o medidos en presencia del consumidor al momento de su venta .

    • El envase se entenderá por cualquier recipiente, envoltura, contenedor o embalaje que tenga propósito transportar la mercancía 

  • NOM-051-SCFI/SSA1-2010.- La Materia Prima no estará sujeta al cumplimiento de dicha norma, es decir aquella sustancia o producto que se emplee en la fabricación, elaboración, preparación o tratamiento de un alimento o bebida no alcohólica.

  • NOM-051-SCFI/SSA1-2010.- Insumos no destinados al Consumidor Final no estarán sujetos a demostrar su cumplimiento

  • NOM-050-SCFI-2004.- Mercancía a granel se excluyen de la aplicación de la norma aquellos que se encuentren en los siguientes supuestos:

    • Aquellas mercancías que se encuentren en un embalaje para efectos de transportación, y es susceptible de ser pesados, contados o medidos en presencia del consumidor al momento de su venta .

    • El embalaje se entenderá por cualquier material que envuelve, contiene o protege los productos para su almacenamiento y transporte.

 

 


 

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