Avisos Automáticos de Exportación Capítulo 72 y 73

Avisos Automáticos de Exportación Capítulo 72 y 73


Por medio del presente les hacemos del conocimiento que el pasado 28 de agosto, la Secretaría de Economía publicó mediante el DOF (edición vespertina), el “Acuerdo por el que sujeta a permiso previo las exportaciones de diversas mercancías de acero” en dicho acuerdo se establece un esquema de permiso automático previo de exportación en 63 fracciones arancelarias, en el cual el exportador deberá proporcionar información y documentación a la DGFCCE con el fin de que tenga los elementos para determinar que se trata de mercancías de acero producido en México y con ello evitar la triangulación de productos de acero, así como la exportación de acero diferente al mexicano se haga pasar como nacional.

Lo anterior con el propósito de  tener un monitoreo más detallado de mercancías tales como productos siderúrgicos (tubos estándar sin costura, tubos mecánicos y productos semiterminados), derivado de los compromisos establecidos en la Declaración conjunta entre Estados Unidos y México sobre la Sección 232 aranceles al aluminio y acero.

  • Aspectos que debo de considerar:

    • Exigible a partir del 4 de septiembre de 2020, deberás contar con un permiso automático previo para exportar tubos estándar, tubos mecánicos y semiterminados (planchón). 

    • Vigencia: Hasta el 30 de junio de 2021excepto para productos semiterminados concluirá el 31 de diciembre de 2020

    • Productos del Anexo 1 del Acuerdo:

 

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  • Tiempo de Respuesta: 5 días hábiles,  excepto para aquellos que tengan esquema alternativo (3 días)

  • Tipos de Permisos:

 

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  • Solicitud de permiso

    • Correo electrónico a permisosexportacion.acero@economia.gob.mx, adjuntando lo siguiente

    • Escrito libre firmado por el RL mediante el cual designes dos enlaces con correo electrónico para recibir información y notificaciones sobre tus trámites. Así mismo, en dicho escrito manifestar que no exportarán directa o indirectamente a los EE. UU. mercancías de acero sin el permiso automático(Se Adjunta escrito)

    • Documentación y solicitud de permiso en formato Excel en el formato designado:

      • Solicitud 1era vez o cuando los mismos tengan modificaciones: Adjuntar documentos digitalizados que acrediten la personalidad del solicitante y documentos que comprueben que este se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales.

      • En cada solicitud: 

        • Factura de compra de la mercancía que se utilizó como insumo

        • Factura de venta (exportación) de la mercancía que se produjo a partir del insumo

        • Certificado de molino o Calidad

        • Pedimento de importación del insumo siderúrgico

        • Proyección mensual del monto de mercancía a exportar (excepto exportaciones a países distintos de EE. UU)

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 Obligaciones Posterior:

  • Deberás enviar dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes Reporte expost de las operaciones amparadas al permiso anterior solicitado.

  • En caso de que por el peso de los archivos se requiera el envío de más de un correo electrónico se deberá asentar también el número de envío, (ejemplo: "1 de 2"). No se considerarán las solicitudes en las que la documentación sea enviada a través de ligas para descarga o en formatos distintos al establecido en los requisitos.

  • Las Personas Físicas o Morales, que exporte a los EE.UU. los productos del acuerdo sin permiso automático previo de exportación, no podrá ser elegible de solicitar nuevamente un permiso automático previo para exportar.

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