Compliance Laboral ante emergencia sanitaria COVID-19 (Video y Preguntas Frecuentes)

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COMPLIANCE LABORAL ANTE EMERGENCIA SANITARIA COVID-19

10 / Abril / 2020

 

Conoce los lineamientos, pormenores y afectaciones en términos laborales sobre la publicación oficial de Emergencia Sanitaria COVID-19 y la suspensión de actividades de empresas NO ESENCIALES.

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Preguntas frecuentes covid-19 laboral AudiCo

 

SECCIÓN DE PREGUNTAS FRECUENTES

 

1.    ¿Qué diferencia hay entre Emergencia por causa de fuerza mayor y Contingencia Sanitaria?

Lo principal es la connotación prevista en el artículo 427 fracción I y la prevista en la fracción VII de la LFT que estipula un tratamiento diferente para cada situación.

2.    ¿Quiénes están consideradas como personas vulnerables?

Toda persona mayor de 60 años de edad, estado de embarazo o puerperio inmediato, o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión (adquirida o provocada), insuficiencia renal o hepática, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial.

3.    Los acuerdos publicados por las autoridades sanitarias ¿son obligatorios?

Si son obligatorias, al ser la Secretaria de Salud y el Consejo de Salubridad General los órganos competentes. Pero aun no esta decretada una cuarentena oficial que restrinja el derecho de liberta de transito, recordemos que los acuerdos refieren de manera voluntaria el resguardo.

4.    ¿Cuáles son las medidas sanitarias que debo seguir?

El resguardo domiciliario Voluntario y el resguardo domiciliario Corresponsable.

5.    ¿Cómo puedo identificar y demostrar documentalmente que soy una empresa ESENCIAL? 

El tener o estar en proceso de implementación un sistema de Compliance Laboral y los elementos reales para poder demostrarlo. 

6.    ¿Cuáles son las áreas adicionales que debo de cuidar, en caso de una inspección?

Cumplir con las medidas de seguridad e Sanidad en el Centro de Trabajo.

7.    Si mi corporativo está considerada como una empresa ESENCIAL en Estados Unidos de Norteamérica ¿También lo soy empres ESENCIAL en México?

Se tendría que analizar la documentación, pero existe un derecho humano (internacionalmente reconocido) que es a la Salud y Vida.

8.    Soy una empresa ESENCIAL, pero mi producto es 100% de exportación ¿Seré considerada como una empresa ESENCIAL?

Se responde con el punto anterior.

9.    ¿Las empresas ESENCIALES pueden ser revisadas y suspendidas por las autoridades?

Si pueden ser inspeccionadas por la STPS y/o COFEPRIS, pero dependerá si cuenta con los documentos y reglas para no ser suspendida.

10. ¿Las empresas proveedoras de empresas ESENCIALES, que formen parte de su cadena de suministro, pueden seguir operando y como podría demostrarlo?

Desde mi punto de vista si, pero tendremos que tener los documentos necesarios y correctos (laboral y corporativo), en caso de que se tenga inspección de las autoridades.

11. En Baja California, ¿aplica el arresto para empresarios y comerciantes, que tienen abiertos sus negocios, y que son proveedoras de empresas ESENCIALES?

Son medidas que prevé el articulo 417 de Ley General de Salud, en caso de que exista una violación a lo establecido, pero tendrá que ver como toda sanción, la situaciones de gravedad, reincidencia o algún otro factor que haga imperante la medida.

12. ¿Existe algún mecanismo legal para solicitar una certificación como empresa ESENCIAL?

No aun no, pero existe la solicitud de opinión técnica a la autoridad competente o alguna estrategia que permita acreditar el proceso.

13. ¿La petición de opinión técnica que se ha presentado a las autoridades para informar que somos empresa ESENCIAL garantiza que no me visiten y/o suspendan?

No garantiza, pero es un elemento de prueba para soportar una inspección.

14. Si soy una empresa NO ESENCIAL y las autoridades quieren suspender mis actividades ¿Puedo justificar el impacto económico negativo e irreversible que representa para mi negocio y fuentes de empleo?

Si abiertamente es NO esencial es mas complicado, pero si se podría, pero a través de un procedimiento legal adecuado y recordar que la autoridad no esta sujetando a los parámetros legales correctos en estos procesos. 

15. ¿Qué autoridades están facultadas para realizar dicha inspección?

COFEPRIS para verificar temas de riesgos sanitarios y STPS para determinar condiciones y salud en el trabajo cada uno es su ámbito de competencia.

16. ¿Es legal que la autoridad tome video en la diligencia?

Desde mi punto de vista NO, porque esta violentando la protección de datos y vida privada previsto en el artículo 6 de nuestra Constitución reconocido como un derecho humano.

17. ¿Puedo solicitar a la autoridad que no tome video en la diligencia? ¿Habría alguna consecuencia negativa para la empresa?

Si se puede solicitar, no debería de haber ninguna consecuencia legal, porque no se le está impidiendo el ejercicio de facultad de inspeccionar.

18. ¿Qué acciones debe acatar una empresa a partir que proceda la suspensión?

Someterse al procedimiento administrativo de la autoridad que determine la suspensión, haciendo las manifestaciones y aportando pruebas de manera correcta y oportuna.

19. ¿Qué sucede con las mercancías que vienen en tránsito, con facturas pendientes de pago, y compromisos pactados, si la autoridad llega a suspenderme el día de hoy?, y ¿Administrativamente podemos seguir laborando en la empresa, para recibir materiales y resguardarlos, hacer pagos, etc?

No, porque tendría los sellos y quebrantarlos, se tradujera en un ilícito previsto en el articulo 187 del Código Penal Federal

20. ¿Qué acciones legales puede tomar la empresa a partir de que proceda la suspensión?

Verificar el soporte documental (compliance laboral) y someterse al procedimiento de la autoridad e incluso analizar la vía de Amparo.

21. La autoridad a mencionado que el proceso de reactivación de la suspensión será complicado ¿Es verdad?

Dependerá de voluntad de la autoridad y la contundencia de las gestiones que se hagan ante la misma.

22. ¿Qué tipo de convenio laboral debe elaborar una empresa ESENCIAL y que tiene que descansar a una persona VULNERABLE? 

El que tengan las clausulas necesarias que soporte el acuerdo y el cual no implique una renuncia de derechos, pudiendo ser ratificado el convenio en la JLCA. 

23. ¿Cuáles son las sanciones a las que está expuesta una empresa NO ESENCIAL en el supuesto de que suspenda las actividades de la empresa?

Podrían ser diversas algunas sanciones que tenga que ver condiciones de trabajo (STPS) o bien con riesgo sanitario (COFEPRIS). Dentro de las cuales nos encontramos las prevista en la Ley General de Salud que pueden oscilar con multa de dos mil hasta seis mil veces o seis mil hasta doce mil veces la Unidad de Medida y Actualización.

24. ¿Quiénes comparecen por parte de los trabajadores en los convenios?

Tendrían que ser convenios particularizados con cada Trabajador de preferencia.

 

“Las respuestas contenidas en este documento, es solo una opinión profesional que pudiera ser diferente al criterio de autoridad.”

 

En caso de requerir apoyo en materia laboral, podrás solicitar los datos del experto M.D.F. Raúl Melgar Díaz en el siguiente enlace.


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