Boletín: Acuerdo por el que se señalan como inhábiles para la Secretaría de Economía los días de 2019
Días inhábiles en el año 2019 y, por consiguiente no correrán términos:
I. El 4 de febrero (en conmemoración del 5 de febrero);
II. El 18 de marzo (en conmemoración del 21 de marzo);
III. El 18 y 19 de abril, y
IV. El 18 de noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre).
Los días de suspensión de labores correspondientes al segundo periodo vacacional de 2019, se darán a conocer en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y tomando como base el periodo vacacional que determine la Secretaría de Educación Pública para el ciclo lectivo 2019-2020.
Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.