Boletín: Acuerdo por el que se señalan como inhábiles para la Secretaría de Economía los días de 2019

Días inhábiles en el año 2019 y, por consiguiente no correrán términos: 

I.          El 4 de febrero (en conmemoración del 5 de febrero);

II.         El 18 de marzo (en conmemoración del 21 de marzo);

III.        El 18 y 19 de abril, y

 IV.        El 18 de noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre).

Los días de suspensión de labores correspondientes al segundo periodo vacacional de 2019, se darán a conocer en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y tomando como base el periodo vacacional que determine la Secretaría de Educación Pública para el ciclo lectivo 2019-2020.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo. 

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