Entran en vigor aranceles bajo la Sección 232
El 10 de febrero de 2025, el Presidente de los Estados Unidos emitió las Proclamaciones 10895 y 10896 bajo la Sección 232 del Trade Expansion Act de 1962, imponiendo un arancel del 25% a ciertas importaciones de artículos de aluminio, acero y sus derivados de todos los países. Esta medida entró en vigor a las 12:01 a.m. EDT del 12 de marzo de 2025. A continuación, te detallamos los puntos clave de la medida:
ACERO
Aplicación de un 25 % de arancel a productos de acero y derivados, salvo excepciones.
Nueva fracción arancelaria HTS 9903.81.92 con tasa del 0 % para productos derivados que hayan sido procesados en otro país a partir de acero derretido y vertido en EE. UU.
Restricciones en zonas de comercio exterior (FTZ) que obligan a declarar los productos con “estatus extranjero privilegiado.”
Expiración de cuotas y exclusiones el 11 de marzo de 2025.
ALUMINIO
Aplicación de un 25% de arancel para aluminio y productos derivados.
Excepciones con arancel del 0% para productos fabricados con aluminio fundido y colado en EE. UU.
Fin de las exclusiones generales el 11 de marzo de 2025.
Requisitos de reporte más estrictos, incluyendo la trazabilidad del origen del aluminio.
Impacto en Zonas de Comercio Exterior (FTZ): ingreso solo bajo “estatus extranjero privilegiado”.
Nota: No habrá devoluciones de aranceles (drawback) para estos productos.
Esta actualización confirma la aplicación del arancel del 25% sobre ciertos productos de acero, aluminio, y sus derivados, al importarse a Estados Unidos. Se recomienda a los interesados revisar las nuevas disposiciones y garantizar el cumplimiento de los requisitos de reporte y pago de aranceles para evitar sanciones por parte de CBP.
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