Boletín: Resolución Final de la Investigación Antidumping sobre las importaciones de poliéster fibra corta originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Estimados Usuarios del Comercio Exterior

Por medio del presente, les hacemos del conocimiento que el día de hoy 07 de Julio, ue publicado en el Diario Oficial de la Federación, la Resolución Final de la Investigación Antidumping sobre las importaciones de poliéster fibra corta originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, la cual resuelve lo siguiente:

Se impone una cuota compensatoria definitiva de $0.46 dólares por kilogramo a las importaciones de PFC, que ingresen por las fracciones arancelarias 5503.20.01 y 5503.20.99 de la TIGIE, o por cualquier otra, originarias de China, independientemente del país de procedencia.

 Los importadores que conforme a esta Resolución deban pagar la cuota compensatoria definitiva, no estarán obligados al pago de la misma si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a China. 

 Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes.

 

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