Guía esencial para cumplir con el apartado C del Anexo 24

Les informamos sobre las obligaciones establecidas en las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) relacionadas con el Sistema Automatizado de Control de Inventarios, conforme a las disposiciones en el marco de la Ley Aduanera. A continuación, les proporcionamos recomendaciones para asegurar el cumplimiento y facilitar su implementación:

 

1. Obligación de Control de Inventarios Automatizado y Acceso a la Autoridad

Las empresas registradas bajo la regla 7.1.2., segundo párrafo, apartado C de las RGCE están obligadas a mantener un control de inventarios automatizado que incluya un registro actualizado de las mercancías en todo momento. Esto implica lo siguiente:

  • Registro Automatizado Actualizado: Asegurarse de que el sistema de control de inventarios refleje con precisión el estado de las mercancías y se actualice continuamente.

  • Acceso a la Autoridad: En términos del artículo 59, fracción I de la Ley Aduanera, deberán proporcionar a la autoridad aduanera el usuario y contraseña para acceder a dicho sistema. Esto permitirá a la autoridad verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas.

 

2. Recomendaciones para Dar Cumplimiento a la Regla 7.1.1., Fracción XIV de las RGCE

Para cumplir con esta disposición, es fundamental presentar la información necesaria ante la autoridad a través de los siguientes pasos:

  • Presentación de un Escrito Libre: Dirigir un escrito libre a la Oficialía de Partes de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior. En este documento, se deberá indicar claramente el usuario y contraseña, o cualquier mecanismo informático que permita el acceso de la autoridad al sistema de control de inventarios.

  • Material Adjunto de Soporte: Se recomienda adjuntar al escrito cualquier material adicional que facilite el acceso de la autoridad, tales como:

    • Manuales o Instructivos: Documentación sobre el sistema y su funcionamiento.

    • Guías y Aplicativos Necesarios: En caso de que el sistema requiera instalar software específico, incluir los aplicativos necesarios.

    • Información de Contacto del Soporte Técnico: Datos de contacto del equipo de soporte técnico de su empresa, para que la autoridad pueda resolver cualquier duda o problema de acceso en caso necesario.

3. Recomendación Final

Para evitar contratiempos en futuras revisiones, sugerimos realizar un diagnóstico interno exhaustivo de su sistema de control de inventarios. Este análisis permitirá verificar que toda la información esté debidamente actualizada y que los accesos proporcionados a la autoridad funcionen correctamente. Adicionalmente, recomendamos revisar periódicamente la seguridad de estos accesos para garantizar la integridad de los datos.

Mantener la información en orden no solo asegura el cumplimiento de las disposiciones vigentes, sino que también reduce el riesgo de posibles observaciones durante un acto de fiscalización, en estricto apego a las facultades de la autoridad. Esto permite responder de manera más efectiva a cualquier revisión y mitigar riesgos de sanciones, fortaleciendo así la transparencia en sus operaciones.

 

Para consultar las preguntas frecuentes relativas al cumplimiento de la obligación en comento, directamente del Portal del SAT, le invitamos a acceder a la siguiente liga. Como buena práctica, le sugerimos realizar capturas de pantalla de esta información, de modo que conserve un respaldo propio en caso de futuras consultas o aclaraciones:  Consulte aquí


Asegurar el cumplimiento de la Normatividad Aduanera en lo referente al control de inventarios automatizado protegerá a las empresas de posibles sanciones y contribuirá a generar más cumplimiento y menos riesgo.Para cualquier consulta adicional, quedamos a su disposición.

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