Días inhábiles por la Secretaría de Economía

El artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece que los días que no se considerarán como hábiles se harán del conocimiento público mediante acuerdo de la persona titular de la dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

No se considerarán como hábiles los días comprendidos del 18 de diciembre de 2023 al 2 de enero de 2024, para efectos de los procedimientos administrativos que, en ejercicio de sus atribuciones, realiza la Secretaría de Economía.

Los documentos presentados ante la Secretaría de Economía, ya sea física o de forma digital, durante los días mencionados en el artículo Primero del presente Acuerdo, se entenderán recibidos el 3 de enero de 2024.

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