CC lámina rolada en frío
El 28 de junio de 2024 se da a conocer por medio del Diario Oficial de la Federación (DOF) la por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de lámina rolada en frío originarias de la Federación de Rusia y de la República de Kazajstán, independientemente del país de procedencia.
Originarias: De la Federación de Rusia y de la República de Kazajstán, independientemente del país de procedencia.
Fracciones arancelarias: 7209.16.01 y 7209.17.01, o cualquier otra fracción arancelaria.
Cuotas compensatorias:
Inicio de procedimiento administrativo de examen de vigencia.
Plazo para las Partes interesadas: Se les concede a las Partes un plazo de 28 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la resolución en comento.
Vigor: La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF (01/07/2024).
La resolución se centra en el inicio del procedimiento administrativo para examinar la vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de lámina rolada en frío originarias de Rusia y Kazajstán. Estas medidas se aplican a productos que ingresan a México a través de las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, o por cualquier otra fracción arancelaria aplicable.
Periodos de Examen y Análisis
Periodo de Examen: Del 1 de abril de 2023 al 30 de marzo de 2024.
Periodo de Análisis: Del 1 de abril de 2019 al 30 de marzo de 2024.
Estos periodos permitirán evaluar el impacto de las cuotas compensatorias durante un tiempo significativo, asegurando que se recopile suficiente información para la decisión definitiva.
Continuación de las Cuotas Compensatorias
Según lo estipulado en los artículos 11.3 del Acuerdo Antidumping, 70 fracción II y 89 F de la Ley de Comercio Exterior (LCE), y 94 del Reglamento de la LCE (RLCE), las cuotas compensatorias definitivas permanecerán vigentes mientras se lleva a cabo el procedimiento de examen. Esto asegura la protección continua de la industria nacional contra prácticas desleales de comercio durante el periodo de revisión.
Participación de Interesados
Plazo para Presentar Intereses y Respuestas: Se otorgan veintiocho días hábiles a los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras y cualquier otra persona con interés jurídico para presentar sus argumentos y pruebas. Este plazo se cuenta a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Medios de Presentación:
Vía Electrónica: A través del correo upci@economia.gob.mx hasta las 18:00 horas.
En Forma Física: En el domicilio de la Secretaría de Economía, ubicado en Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Ciudad de México, de 9:00 a 14:00 horas.
Acceso a Formularios
Los formularios necesarios para la presentación de argumentos y pruebas se pueden obtener a través del sitio web oficial de la Secretaría de Economía, específicamente en la sección de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales. También se pueden solicitar vía correo electrónico a UPCIConsultas@economia.gob.mx o físicamente en el domicilio mencionado anteriormente.
El procedimiento se encuentra estructurado para examinar la vigencia de las cuotas compensatorias sobre las importaciones de lámina rolada en frío. Al mantener estas cuotas durante el examen, se busca proteger a la industria nacional mientras se recopila la información necesaria para una debida evaluación con mayor detalle.
La participación abierta a todos los interesados y la accesibilidad de los formularios y medios de presentación facilitarán la transparencia del procedimiento.