Dictamen presentación 15 de mayo 2023

Dictamen presentación 15 de mayo 2023.

Es importante recordar que de acuerdo con el artículo 32-A del CFF podrán ejercer la opción de dictaminar sus estados financieros los contribuyentes personas físicas con actividad empresarial y personas morales que:

     a)   Hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $140’315,940 en el ejercicio inmediato anterior.

     b)   El valor de su activo sea superior a $110’849,600, o bien.

   c)  Al menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.

 

El dictamen fiscal del ejercicio 2022 se presentará a más tardar el 15 de mayo de 2023, según lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 32-A del CFF, toda vez que la RMF vigente no establece un plazo adicional para su presentación.

En la reforma del 32-A para establecer nuevamente la obligación del dictamen, en consecuencia, a partir del 1 de enero de 2022 están obligadas a dictaminar sus estados financieros:

  • Las personas morales que tributan en el Título II de la Ley del ISR, que en el ejercicio fiscal inmediato anterior hayan consignado, en sus declaraciones normales, ingresos acumulables para efectos del ISR iguales o superiores a $1,779,063,820.00.

  • Las personas morales que al cierre del ejercicio inmediato anterior tengan en bolsa de valores, acciones colocadas entre el gran público inversionista.


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