Rectificación dentro del Sistema de Control de Inventarios

Rectificación dentro del Sistema de Control de Inventarios.


Es común cometer errores en el pedimento ya que la operación es muy dinámica, sin embargo, contamos con la opción de autocorregirnos, por lo que al detectar inconsistencias en la información que se declaró la mejor practica siempre será realizar la rectificación correspondiente, la cual está fundamentada en el artículo 89 de la Ley Aduanera. Ahora bien, ¿cómo se deben manejar las rectificaciones dentro del sistema de control de inventarios?.

Dentro del sistema de control de inventarios (SCI) debe relacionarse el pedimento R1 con el pedimento que se está rectificando, en este caso el pedimento original, una vez que se realice dicha relación la información del pedimento R1 sustituirá al original, por ejemplo: si se realiza una rectificación a un pedimento de importación temporal, el pedimento que debe conservar el saldo es el R1. El pedimento original debe quedar únicamente como histórico, pero no podrá ser afectado en una descarga. Un error que suele ser común es que por desconocimiento de la correcta rectificación en sistema o errores de programación ambos pedimentos generan saldo, lo que puede llegar a resultar en un posible sobre descargo en el anexo 30 por que al momento de realizar descargas se afectará un excedente con el que no cuenta el Sistema de control de Cuentas Créditos y Garantías.

Los sistemas de control de inventarios deben considerar los ejemplos anteriores para garantizar un correcto proceso para la rectificación, si no estamos seguros si nuestro sistema lo contempla debemos investigar o solicitar la capacitación correspondiente y cuestionar como está funcionando internamente el sistema, mientras tanto también podemos comenzar a implementar las siguientes prácticas para el correcto control de las rectificaciones:

1. Relaciona los pedimentos R1 y con su original correctamente, esta tarea se puede realizar con el pedimento R1 pagado y una vez que llegue la glosa correspondiente validar la información con la sección 701.
2. En caso de que el pedimento a rectificar sea de importación temporal revisa que el saldo solo este generado en el pedimento R1.
3. Al momento de generar la rectificación de un pedimento de importación temporal revisa que la fecha que está considerando el R1 para generar la temporalidad es la fecha de pago del pedimento original y no la del R1.
4. Concilia la información del pedimento R1 para asegurar que la información de los cambios que pudieran afectar a la congruencia de la descarga está correcta.
5. En caso de que el pedimento que se está rectificando tenga clave de exportación y descargue saldo, revisa que al generar el reporte de descargas el pedimento que está afectando los saldos es el pedimento R1 y no el original.

Fundamento: Art. 89 de la L.A., Art 137 del R.L.A., Anexo 24 de las R.G.C.E.


e-learning en Comercio Exterior con AudiCo

Permítenos ser tu aliado virtual en tu empresa IMMEX.

Foreign Trade Labs es la plataforma digital para la comunidad de los que buscan más conocimiento en Comercio Exterior.

Aprende de los mejores y forma parte de la mayor comunidad que busca impulsar a las IMMEX en México en la generación de más Cumplimiento en el Comercio Exterior.

Al ser miembro, recibirás de manera recurrente los siguientes beneficios:

  • Webinars / Cursos

  • PowerClass

  • Tutoriales

  • e-Books

  • Asesor Virtual

  • Sesiones Q&A

  • FAQ’s

  • Blog

  • Mesas de Discusión

 

Anterior
Anterior

Actualización de la Estrategia para la operación de la implementación de la Séptima Enmienda de la TIGIE

Siguiente
Siguiente

Evita problemas en tus tramites de VUCEM por cierre del mismo