Boletín No.33 ANAM
Boletín No.33 ANAM.
Se hace de su conocimiento a los interesados en obtener una autorización para el establecimiento de depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos de altura, que la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) ha dado a conocer a través de su portal el boletín técnico informativo número 33, referente a los “Lineamientos para la Infraestructura, Control, Vigilancia y Seguridad, así como Recomendaciones Tecnológicas respecto a las Cámaras de Circuito Cerrado de Televisión para los establecimientos que tengan como finalidad la exposición y venta de mercancías extrajeras y nacionales en Puertos Aéreos Internacionales, Fronterizos y Marítimos de Altura”.
El cual tienen como objetivo establecer los requisitos mínimos necesarios que deberán cumplir los interesados en obtener autorización a que se refiere el artículo 121, fracción I, de la Ley Aduanera, mismos que entrarán en vigor a partir de la fecha de publicación del presente boletín, dejando sin efectos los “Lineamientos para la Infraestructura y Seguridad de los establecimientos que tengan como finalidad la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en Puertos Aéreos Internacionales, Fronterizos y Marítimos de Altura”.
Para mayor referencia se adjunta el boletín en mención:
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