Campos necesarios para acreditar los retornos en un proceso de Auditoria
Campos necesarios para acreditar los retornos en un proceso de Auditoria.
¿Estás seguro de que tu Sistema de Anexo 24 puede generar los reportes de descargas con los campos necesarios para acreditar los retornos en un proceso de Auditoria?
El proceso de Auditoria siempre ha sido un punto muy importante en las empresas y de temor porque muchas veces sabemos que la operación nos consume y los controles o KPI’s que llevamos no se respetan al 100% (Cabe mencionar, que no todas las empresas están en este punto y llevan excelentes controles en diferentes áreas de la empresa, Import/Export, Finanzas, almacén, Ingeniería, etc.)
En un proceso de Auditoria de Comercio Exterior, el gran porcentaje que la autoridad recauda es en el Sistema de Control de Inventarios, por ley de acuerdo con el Anexo 24 de las RGCE, se debe de cumplir con tener un Sistema automatizado de control de inventarios, en el cual se van registrando las importaciones y exportaciones realizadas cada día.
El sistema deberá estar formado por lo menos con los siguientes catálogos y módulos:
A. CATALOGOS.
1. Datos Generales del Contribuyente.
2. Materiales.
3. Productos.
B. MÓDULO DE ADUANAS.
1. Módulo de información aduanera de Entradas (importaciones temporales).
2. Módulo de información sobre Materiales Utilizados.
3. Módulo de información aduanera de Salidas (retornos, destrucciones, donaciones, cambios de régimen, etc.).
4. Módulo de Activo Fijo.
C. MÓDULO DE REPORTES:
1. Reporte de Entrada de Mercancías de Importación Temporal.
2. Reporte de Salida de Mercancías de Importación Temporal.
3. Reporte de Saldos de Mercancías de Importación Temporal.
4. Reporte de Materiales Utilizados.
De estos reportes, el “Reporte de Salida de Mercancías de Importación Temporal” o “Descargas” como normalmente los conocemos, es el reporte con el que acreditaremos que la importación temporal, se retorno en tiempo, forma y de manera procedente con pedimentos RT, V1, A3, F4, F5, etc. En el cual, por ley, dicho reporte debe de contener:
clave de aduana/sección de despacho | patente | número de documento | Número o clave de identificación | descripción | Unidad de Medida UMT | Cantidad UMT | Cantidad de mercancía de importación utilizada tanto de importación como de exportación, sin embargo, en los últimos requerimientos de los auditores, el Lay Out que debe de cumplir el Sistema de Control de Inventarios, es el siguiente:
Anteriormente, si el Sistema de Control de Inventarios generaba o generaba incorrectamente la Secuencia / Partida, se podía optar por eliminarla del reporte, sin embargo, en las ultimas resoluciones de la autoridad, ha desconocido las descargas argumentando lo siguiente:
“Se observa que no se registro la secuencia del pedimento de retorno con la cual está exportando la mercancía”
Mientras que, de manera verbal en juntas para actas parciales, la autoridad ha comentado que al no contar con la secuencia de importación / exportación, no pueden realizar los cruces de información necesarios para poder acreditar la descarga proporcionada.
Derivado de lo anterior, se advierte y sugiere identificar si su Anexo 24 puede generar los reportes de descargas con todos los campos enlistados en recuadro anterior, y con ello, trabajar en realizar acciones necesarias para poder estar preparados en la estructura de los reportes de descarga principalmente.
Cabe mencionar que estos requerimientos son adicionales a lo establecido en Ley por lo que se pudiera alegar con respaldo de la ley, sin embargo, se recomienda realizar los ajustes necesarios para evitar se alargue el proceso de Auditorias o requerimientos.
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