Entra en vigor el PROY-NOM-024-SE-2022 NOM y se cancela la NOM-024-SCFI-20130

Entra en vigor el PROY-NOM-024-SE-2022 NOM y se cancela la NOM-024-SCFI-20130.


La Secretaría de Economía dio a conocer el 26 de septiembre 2022, a través del DOF, el PROY-NOM-024-SE-2022, referente a Información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos, mismo en el que se describe lo siguiente:

-El presente Proyecto de NOM no es certificable y la Evaluación de la Conformidad se puede llevar a cabo, por personas acreditadas y aprobadas en términos de lo dispuesto por la Ley de Infraestructura de la Calidad y el Reglamento aplicable, y, en su caso, por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía.
-Las Unidades de Inspección (UI) acreditadas y aprobadas estarán facultadas para emitir Constancias de Conformidad o Dictámenes de Cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente.
-El procedimiento para la obtención de la Constancia de Conformidad o Dictamen de Cumplimiento será en base a lo establecido en el presente.
-El personal de la Unidad de Inspección es el responsable de llevar a cabo la revisión en sitio por medio del muestreo para el caso del Dictamen de Cumplimiento, en el caso de la Constancia de Conformidad, la constatación ocular debe realizarse mediante la información que presente el interesado, pudiendo hacerse en las instalaciones de la UI.
-El Dictamen de Cumplimiento debe obtenerse de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 6 del Anexo 2.4.1 NOMO.
-La falta de Constancia de Conformidad no impide a los responsables de productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos, así como sus accesorios y consumibles, comercializar e importar, según corresponda, sus productos, quedando en todo momento obligados a cumplir lo dispuesto en el presente Proyecto y ser sujetos de Inspección (8.3.6).

Etiquetado
-El Proyecto de Norma incluye un ejemplo de la etiqueta que debe contener toda la información descrita en el inciso A.1 (etiquetado e Información Comercial), así como la precisión de usar líneas y viñetas de color negro, así como las indicaciones que se contienen en el presente.
-Con la entrada en vigor de la presente NOM quedará cancelada la NOM-024-SCFI-20130.
-Los comercializadores de los productos contemplados en este Proyecto de NOM, tienen la obligación de verificar, antes de ofrecer dichos productos al público, que se haya cumplido con las obligaciones que establece el presente Proyecto, y se consideran responsables solidarios de los respectivos fabricantes o importadores o responsables de producto o alguna combinación entre éstos.

Ejemplo de etiqueta:


NOTA: La etiqueta de origen debe ser cubierta por la etiqueta prevista en el presente numeral, de acuerdo con la categoría del Producto (reconstruidos, reacondicionados, de segunda línea, fuera de especificaciones, remanufacturados y usados o de segunda mano).


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