Decreto que fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera

Decreto que fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera.


El 20 de septiembre 2022, se dio a conocer a través del DOF, el Decreto por el que se reforma el diverso por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, mismo que se publicó en el DOF el 19 de enero de 2022, su fe de erratas de 21 de enero de 2022, y sus posteriores modificaciones de fechas 27 de febrero y 20 de junio, de 2022, mismo que tuvo las siguientes modificaciones:

• Se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera.

• Se incluye al estado de Jalisco en el programa de regularización debido al alto índice que tiene de población migrante a Estados Unidos de América y Canadá, lo que ha propiciado que un número considerable de vehículos usados de procedencia extranjera se encuentren internados en ese estado.

• Se prolonga la vigencia del programa para todos aquellos vehículos usados de procedencia extranjera que aún no hayan tramitado su importación definitiva, hasta el 31 de diciembre de 2022.

• Se instruye a todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para que, en el ámbito de su competencia, apliquen las facilidades administrativas para que los propietarios de vehículos usados de procedencia extranjera residentes en las entidades federativas mencionadas en el decreto lleven a cabo la regularización simplificada de los mismos.

• Se instruye a la secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Registro Público Vehicular), para que, en colaboración con las autoridades de las entidades federativas mencionadas en el decreto, establezcan los módulos de inscripción vehicular para que los propietarios de vehículos usados de procedencia extranjera residentes en las entidades federativas a que se refiere el presente decreto lleven a cabo la regularización de los mismos cerca de su domicilio.

• Se instruye a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para que promueva con los gobiernos de los estados de mencionados en el decreto el otorgamiento de estímulos, condonación exenciones, así como facilidades administrativas relativas a la expedición de placas y demás mecanismos para control vehicular de carácter local.

• Se instruye a la Agencia Nacional de Aduanas de México para que solicite el auxilio de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Registro Público Vehicular), en el desempeño de sus funciones únicamente para lo que se refiere al presente decreto.


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