Resolución de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de pierna y muslo de pollo

Resolución de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de pierna y muslo de pollo.


La Secretaría de economía dio a conocer el 4 de agosto 2022, a través del DOF, la Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, misma que se detalla a continuación:

1) Producto: Pierna y muslo de pollo.
2) Originarias: Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia.
3) Fracciones arancelarias: 0207.13.04 y 0207.14.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.
4) Tipo de resolución: Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia.
5) Resolución de la autoridad: Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria.
6) Periodo de examen: 1 de mayo de 2021 al 30 de abril de 2022.
7) Periodo de análisis: 1 de mayo de 2017 al 30 de abril de 2022.
8) Cuota compensatoria definitiva: 25.7%, continuará vigente mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia.
9) En vigor: Al día siguiente de su publicación en el DOF.


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