Acuerdo que modifica las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por secretaría de energía.
Acuerdo que modifica las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por secretaría de energía.
La Secretaría de economía dio a conocer como anteproyecto el 28 de julio 2022, a través del DOF, el Acuerdo que modifica al diverso que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la secretaría de energía, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2020, por lo que dentro del acuerdo en mención se ha reformado el Anexo I, para quedar como sigue:
ANEXO I
a) Las mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias de la Tarifa que a continuación se enlistan, se sujetan al requisito de autorización por parte de la SENER, por conducto de la CNSNS, en los términos del trámite y formato.
Los documentos que hayan sido expedidos, previo a la entrada en vigor del presente Acuerdo, seguirán aplicándose hasta su vencimiento, y podrán continuar siendo utilizados para los efectos que fueron emitidos, siempre que la descripción de las mercancías coincida con las mercancías presentadas ante la autoridad aduanera.
La correspondencia entre las fracciones arancelarias vigentes hasta el día previo al de la entrada en vigor de la LIGIE 2022 y las vigentes a partir de la entrada en vigor de dicha ley, será de conformidad a las tablas de correlación entre la TIGIE 2020 y 2022.
El presente Acuerdo entrará en vigor el mismo día en el que la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de junio de 2022 entre en vigor, conforme a lo previsto en el Transitorio Primero del Decreto por el que se expide la misma.
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