Decreto LIGIE 2022
Decreto LIGIE 2022
Por medio del presente les hacemos llegar un resumen de los cambios relevantes de DECRETO por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el cual se implementará la Séptima Enmienda del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas, publicado el 07 de junio de 2022 en el Diario Oficial de la federación.
Recordando que este cambio se dará cada 5 años, por el Comité del Sistema Armonizado de la OMA el cual revisará el SA y emite recomendaciones, también llamadas enmiendas, que implican la modificación y actualización de la tarifa arancelaria.
Cambios importantes:
1. Incluye la adopción de la 7ma enmienda del sistema armonizado derivado de la inclusión de mercancías con mejoras tecnológicas y eliminación de las que han quedado obsoletas y que nos son comercializadas.
2. De acuerdo al 1ero transitorio nos establece que el decreto entrará en vigor a los 10 DH siguientes a aquel en que el SAT realice modificaciones mediante disposiciones de carácter general, para ello esto deberá realizarse como máximo dentro de los 180 días siguientes a su publicación, es decir a mas tardar el 04 de enero de 2023 el SAT tendría que notificar cambios, teniendo como fecha limite para entrada en vigor el 18 de enero de 2023.
3. Se abroga el pasado decreto de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicado en el DOF el 01 de Julio de 2020, mismo que entró en vigor el 28 de diciembre de 2020.
4. La metodología para la creación y modificación de NICOS se publicará a los 20 días naturales posteriores, es decir a más tardar el 27 de junio de 2022.
5. Los NICO´s y las tablas de correlación deberán publicarse a los 40 días naturales posteriores, es decir a más tardar el 17 de julio de 2022.
6. Notas Nacionales serán publicadas dentro de los 60 días naturales posteriores a la publicación del Decreto es decir a más tardar el 06 de agosto de 2022
7. La SE o bien las secretarias que emiten regulaciones y restricciones no arancelarias adecuen las disposiciones y sistemas como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, dentro de los 90 días naturales posteriores a la publicación del Decreto es decir a más tardar el 05 de septiembre
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