Criterio en Permisos de R8vas, Permisos/Avisos de Importación
Criterio en Permisos de R8vas, Permisos/Avisos de Importación
Por medio del presente les hacemos del conocimiento que la Secretaria de Economía publicó el Boletín B. SNICE 002/2021, de fecha 26 de enero 2021, en el cual se señala que para efecto de estar posibilidad de identificar con mayor facilidad el producto que se requiere importar mediante aviso de importación, permiso de importación y permisos de importación con regla octava, en el apartado de “Descripción” en la VUCEM, se deberá capturar:
La Fracción arancelaria a 8 dígitos + el Número de Identificación Comercial (NICO). Este dato deberá ser capturado al inicio de la descripción.
Cabe mencionar que para el caso de los permisos que se hayan expedido a partir del 28 de Diciembre de 2020 y antes del 26 de Enero de 2021, no se requerirá modificación alguna, estos seguirán teniendo la validez, únicamente aplicara este criterio para las nuevas solicitudes.
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