Criterios de IMMEX Sensibles (Ampliaciones Subsecuentes)

Criterios de IMMEX Sensibles (Ampliaciones Subsecuentes)

El pasado 12 de Febrero del presente, mediante el oficio 414.2020.338, la secretaría de Economía dio a conocer los criterios para la autorización  de ampliaciones subsecuentes para importar mercancías sensibles, en este se abordan los siguientes puntos:

Autorizaciones Vigentes de mercancías con saldo pendientes de importar con más del 30 %:

  1. Se podrá aplicar prorroga por 4 meses(por única ocasión)

  2. Se desee redistribuir el saldo pendiente entre otras fracciones autorizadas, debiendo considerar lo siguiente:

  • El volumen será redistribuido únicamente en fracciones enlistadas en el mismo apartado del Anexo II (DIMMEX)

  • Una vez presentada la solicitud de redistribución, NO podrán ejercer el volumen autorizado previamente.

  • SE deberá solicitar al menos 15 días antes de la fecha de vencimiento.

  • En su caso, solicitar la ampliación de la vigencia 15 días antes de vencimiento.

Autorizaciones con perdida de vigencia en 2019, y no se haya ejercido el total del volumen autorizado(no se acredite el 70% del retorno):

  1. Se considerará, por única ocasión, el monto de lo efectivamente importado al amparo de la autorización anterior debiéndose cumplir lo siguiente:

  • Deberá cumplirse con al menos el 90% del retorno (por cada apartado del Anexo II)

  • El monto a Autorizar no superará el volumen importado al amparo de la autorización anterior.

  • En la Solicitud subsecuente, se deberá comprobar el retorno del 10%(no comprobado) que restaba, además de los requisitos específicos de la regla 3.3.6 para solicitar fracciones subsecuentes.

La solicitud se deberá presentar en Ventanilla 8 de la DGFCE  debiendo cumplir con los requisitos señalados en el anexo I del criterio en mención (adjunto al presente boletín), siendo estos los mínimos a cubrir:

  1. Datos Generales de la empresa

  2. Enlaces para oír y recibir notificaciones.

  3. Copia simple del documento que acredite la personalidad de quien firma (ejem:RL), así como, identificación vigente.

  4. Requisitos del Anexo I para:

  • Autorizaciones vigentes

  • Redistribución/ Ampliación de vigencia

  • Sin vigencia del 70% retornado.


 
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