Boletín 98: RESOLUCIÓN Final del examen de C. C a las importaciones de cadena de acero de eslabones soldados originarias de China
Estimados Usuarios del Comercio Exterior
Por medio del presente, les hacemos del conocimiento que el día de hoy fue publicado en el DOF, la conclusión al procedimiento de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones, definitivas y temporales, incluidas las que ingresen al amparo de la regla octava de las complementarias para la aplicación de la TIGIE, de cadena de acero de eslabones soldados originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresen por la fracción arancelaria 7315.82.02 de la TIGIE o por cualquier otra.
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Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria
1. Resolución final del primer examen de vigencia de la cuota compensatoria. Se determinó modificar la cuota compensatoria de 0.72 a 0.50 dólares por kilogramo y mantenerla vigente por cinco años más.
2. Resolución final del segundo examen de vigencia de la cuota compensatoria. Se determinó mantenerla vigente por cinco años más.
Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes.