Boletín: Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

Estimados Usuarios del Comercio Exterior,

Por medio del presente, les hacemos del conocimiento que el día de hoy se publicó la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018. Mediante la cual se dan a conocer los siguientes cambios:


- Ajuste en la regla 2.1.6., respecto a los días Inhábiles, ya que se adiciona una fracción quedando de la siguiente manera:

I.    El segundo periodo general de vacaciones del 2018 para el SAT, comprende los días del 20 de diciembre de 2018 al 4 de enero de 2019. Son días inhábiles para el SAT el 18 y 19 de abril de 2019.

-Modificación 3.21.1.1., en su epígrafe, primer párrafo para quedar de siguiente manera:

  "Tratamientos y estímulos fiscales que no son aplicables conjuntamente con los estímulos fiscales a la producción teatral nacional, artes visuales, danza, música, investigación y desarrollo de tecnología, deporte de alto rendimiento y proyectos de inversión en la producción y distribución cinematográfica nacional

3.21.1.1.       Para los efectos de los artículos 189, 190, último párrafo, 202, último párrafo y 203, último párrafo de la Ley del ISR, así como 25, fracción V de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, los tratamientos fiscales que no podrán aplicarse conjuntamente con los estímulos fiscales a que se refieren los artículos antes señalados sonlos siguientes:.."

Sin más por el momento quedamos a sus órdenes.



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