Beneficios anticipados para los sectores Siderúrgico, Textil y Calzado

03 de Abril de 2017

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Se comunica que para el padrón de importadores de sectores específicos 10 “Calzado”, 11 “Textil y Confección”, 14 “Siderúrgico” y 15 “Productos Siderúrgicos”, procederá la inscripción de manera inmediata.

  • Siempre que se presente la solicitud y se anexe la copia del oficio por medio del cual la AGACE otorgó la autorización, sin necesidad de cumplir con requisitos adicionales establecidos en el Apartado "Requisitos" de la ficha de trámite 4/LA.

Por lo que hace a los sectores 14 “Siderúrgico” y 15 “Productos Siderúrgicos”

  • Se modifica el Resolutivo Trigésimo séptimo de las RGCE donde se destaca que podrán importar hasta en tanto se resuelva la autorización respectiva en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos, indicando que se extenderá hasta el 15 de mayo de 2017 y únicamente para la primera solicitud.

Por otra parte, se modifica el Anexo 22 “Instructivo de llenado del Pedimento”.- Para modificar el nivel y los complementos 1, 2 y 3 de la Clave “GS” dentro del apartado de los Identificadores (Apéndice 8).

La Resolución anticipada dada a conocer el 31 de marzo de 2017 por el SAT entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fuente: Boletines AudiCo

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